Micelio
Auto19 de julio de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Ministerio De Educacion Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio·Demandado Gallon Marino Fabiola Lucia

Tema · dato duro
Ejecución De Condenas Impuestas Por La Jurisdicción Contencioso Administrativa Dentro Del Mismo Proceso En Que Fueron Dictadas.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo de Risaralda y el Juzgado Segundo Civil Municipal de Pereira.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la solicitud de ejecución de providencia judicial que formuló el FOMAG para que se librara mandamiento de pago por el valor de las costas procesales aprobadas en la decisión judicial que resolvió un proceso iniciado en contra de la entidad.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 008 de 2022, en virtud de la cual se estableció que el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción, de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Tribunal Administrativo de Risaralda, para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales e interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo de Risaralda y el Juzgado
  2. Segundo. Civil Municipal de Pereira, en el sentido de DECLARAR que el Tribunal Administrativo de Risaralda es la autoridad competente para conocer la solicitud de ejecución promovida por el Ministerio de Educación Nacional- Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, contra la señora Fabiola Lucia Gallón Marín.
  3. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3142 al Tribunal Administrativo de Risaralda para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
  4. Segundo. Civil Municipal de Pereira y a las sujetos procesales e interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.